En Colombia se ha vuelto costumbre que, cuando un trámite político fracasa, algunos salgan a señalar que no fue votado “correctamente”. No importa cuántos votos haya, cuántas actas se publiquen, ni cuántas veces se lea el orden del día: si el resultado no es el deseado, entonces algo “no se hizo bien”. Esta vez, el turno fue del ministro del Interior, Armando Benedetti.
Luego de que el Senado negara por mayoría la solicitud presidencial para convocar una consulta popular sobre la reforma a la salud, Benedetti —con tono desafiante y supuestamente técnico— salió a decir que la consulta no se había tramitado correctamente porque “no se leyó la proposición” antes de votarse. Citó el artículo 125 de la Ley 5ª como si acabara de encontrar un vacío salvador. Pero lo que en realidad reveló fue una peligrosa combinación de confusión jurídica y manipulación institucional.
Primero, lo básico: la consulta popular solicitada por el Presidente no se presenta mediante proposición legislativa, sino como una solicitud ejecutiva con trámite regulado por el artículo 103 de la Constitución y por la Ley 134 de 1994. Esta norma exige un procedimiento específico: firma del Presidente con todos los ministros, envío al Congreso y aprobación por mayoría absoluta de ambas cámaras. No requiere cuatro debates, pero sí una votación clara y válida. Esa votación ocurrió. Y el Senado dijo no.
Segundo, el artículo que citó Benedetti regula las proposiciones formuladas dentro del Congreso, no las solicitudes provenientes del Ejecutivo. Y aún si fuera aplicable —que no lo es—, invocarlo juega en su contra: lo que exige es que no se vote a ciegas, sin lectura previa. Pero en este caso no hubo improvisación: hubo una solicitud presidencial, se citó, se discutió y se votó negativamente con quórum y mayoría.
¿Entonces qué pretende el ministro? Sostener que como no se “leyó” lo que no tenía que leerse, el trámite quedó viciado. Es decir, que una votación clara, pública y mayoritaria puede borrarse con un tecnicismo mal citado. Es la versión institucional del “no me gusta el resultado, repitamos el partido”.
Pero lo más grave no es el error jurídico. Es el precedente político. Si cada vez que una iniciativa fracasa, el Gobierno intenta revivirla bajo el argumento de que “faltó leer”, “faltó firmar” o “faltó escuchar”, entonces no estamos frente a un proyecto democrático, sino frente a una obstinación que no reconoce límites.
La ley no es un estorbo. Es el límite del poder. Y el reglamento del Congreso no puede ser usado como instrumento de ficción para suplantar la voluntad de una mayoría legislativa. Esta vez, Benedetti no citó el derecho: lo caricaturizó.
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